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World Bank Procurement NoticesGlobalRequest for Expression of Interest

Consultoría por los Servicio de supervisión técnica del proyecto de perforación de pozos geotérmicos en campo geotérmico Chinameca

LaGeo, S.A. DE C.V.

Scope as published

INVITACIóN A PRESENTAR EXPRESIONES DE INTERéS (SERVICIOS DE CONSULTORíA-SELECCIóN DE FIRMAS) País: El Salvador Proyecto: "Energía Geotérmica para el Desarrollo Sostenible e Inclusivo" Préstamo No.: 9788-SV Título Asignado: Servicios de Supervisión Técnica del contrato identificado como "Servicios de perforación y de suministros de materiales, accesorios, tuberías y servicios complementarios para la perforación de 8 pozos geotérmicos en el campo geotérmico Chinameca". Referencia No.: SV-LAGEO-534014-CS-QCBS La Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL) ha recibido financiamiento del Banco Mundial para el proyecto "Energía Geotérmica para el Desarrollo Sostenible e Inclusivo" y se propone utilizar una parte de los fondos para la contratación de los servicios de consultoría mencionados en la referencia. Los servicios de consultoría ("los servicios") comprenden la supervisión técnica, operativa, de seguridad industrial y ambiental, así como la administración del contrato mencionado en el encabezamiento. Las funciones de la firma consultora se alinearán estrictamente con el rol de "El Ingeniero", descripto en el contrato estipulado entre LaGeo y el contratista de perforación, bajo las condiciones del Libro Rojo de FIDIC (Edición 2017, reimpresa en 2022). El alcance de las obras a ser supervisadas es la perforación y completamiento de ocho (8) pozos geotérmicos profundos, de los cuales cinco (5) son con fines de producción de fluido bifásico agua/vapor y tres (3) para reinyección de agua geotérmica separada, bajo la modalidad de un Servicio Integrado de Perforación. Los Términos de Referencia de esta asignación estarán disponibles en la página web de LaGeo (http://www.lageo.com.sv), o podrán ser solicitados directamente al Contratante a través de la dirección de contacto indicada al final de la presente solicitud. La empresa ejecutora LAGEO S.A. de C.V., invita a firmas consultoras elegibles (¨Los Consultores") a expresar su interés en prestar los servicios solicitados. En la Expresión de Interés, las firmas interesadas deberán proporcionar información que demuestre que cuentan con las calificaciones requeridas y la experiencia pertinente para ejecutar los servicios. Los criterios para la conformación de la lista corta son los siguientes: Experiencia en la supervisión técnica y operativa de proyectos de perforación profunda (1,500-3,000 metros de profundidad) en campos geotérmicos o de petróleo y gas. Experiencia en la supervisión de obras bajo contratos FIDIC, actuando en el rol de "El Ingeniero". Experiencia en la supervisión de planes de gestión ambiental, social y de salud y seguridad ocupacional, bajo estándares de organismos multilaterales de crédito u otros internacionales equivalentes. La experiencia deberá registrarse en el formulario EXP-2 Experiencia específica de la firma, que acompaña a esta solicitud de expresión de interés. Se valorará positivamente: Haber supervisado pozos geotérmicos. Experiencia en la región centroamericana. Contar con sistemas de gestión de calidad, ambiental, y salud y seguridad ocupacional certificados (ej. ISO 9001, 14001, 45001 o equivalentes), y; Experiencia en la supervisión o aplicación del Marco Social y Ambiental del Banco Mundial. Nota: De conformidad con las Regulaciones del Banco Mundial, NO se deben presentar currículos (CV) de expertos individuales en esta etapa de Expresión de Interés. El personal clave no será evaluado en la conformación de la lista corta. La expresión de interés de los Consultores es requerida bajo el párrafo 7.16 (conformación de la lista corta) de las Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión del Banco Mundial, edición septiembre 2023 (en adelante las Regulaciones). De igual forma, los Consultores interesados deben tomar en cuenta las disposiciones sobre conflicto de interés previstas en la Sección III de las Regulaciones, párrafos 3.14, 3.16 y 3.17, así como la siguiente restricción particular: El Consultor que res…

Deadline
16 Nov 2026(10 days left)
Published
5 Nov 2026(2 days ago)
Contract value
Not published
Location
EL
Reference
OP00479441
First seen
31 minutes ago

Classifications

CSQuality And Cost-Based SelectionP506109SV-LAGEO-534014-CS-QCBS

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19 Nov 2026(13d)
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ASISTENTE OPERATIVO

Invitación a presentar Propuesta CI-34/2026 (SV-MOPT-578604-CS-INDV) Fecha: 29 de octubre de 2026 Estimados Señores: De nuestra consideración: El Gobierno de la República de El Salvador ha recibido financiamiento del Banco Mundial (el "Banco") para financiar parcialmente el costo del Proyecto de Transporte e Infraestructura Resiliente de El Salvador, bajo el contrato de préstamo No.9602-SV y pretende utilizar los recursos para realizar pagos bajo el contrato Proyecto de Transporte e Infraestructura Resiliente de El Salvador El Ministerio de Obras Públicas y de Transporte invita a presentar su propuesta para proveer los siguientes Servicios de Consultoría Individual (en adelante, los "Servicios"): Servicio de Consultoría para "Contratación de un Asistente Operativo para la Unidad Ejecutora del Proyecto". En los términos de referencia se brindan en el Anexo 1. Términos de Referencia. Fraude y Corrupción El Banco exige el cumplimiento de las Directrices de Anticorrupción del Banco y sus políticas y procedimientos de sanciones vigentes, según se establece en el Marco de Sanciones del Grupo del Banco Mundial, según se establece en el Anexo de las Condiciones del Contrato Anexo 1. En cumplimiento de esta política, los Consultores permitirán y harán que sus agentes (sean declarados o no), subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, proveedores y personal, permitan al Banco inspeccionar todas las cuentas, registros y otros documentos relacionados. a cualquier proceso de preselección, presentación de propuestas y ejecución de contratos (en el caso de adjudicación), y que sean auditados por auditores designados por el Banco. Elegibilidad El Banco permite a consultores individuales de todos los países que ofrezcan servicios de consultoría para proyectos financiados por el Banco. Como excepción al párrafo 5 arriba: 6.1 Un Consultor que ha sido sancionado por el Banco, de conformidad con las Directrices de Anticorrupción del Banco y de acuerdo con sus políticas y procedimientos de sanciones vigentes según lo establecido en el Marco de Sanciones del GBM, según se describe en el anexo a las Condiciones del Contrato (Anexo 1. Términos de Referencia), Anexo 3. Fraude y Corrupción, párrafo 2.2 d., no serán elegibles para ser preseleccionados, presentar propuestas o recibir un contrato financiado por el Banco o beneficiarse de un contrato financiado por el Banco, financieramente o de otra manera, durante el período de tiempo que el Banco ha determinado. Una lista de empresas y personas excluidas está disponible en el sitio web externo del Banco: http://www.worldbank.org/debarr. 6.2 Las personas de un país o los productos fabricados en un país pueden no ser elegibles si así se indica en el párrafo. 6.3 a continuación y: como una cuestión de ley o reglamentación oficial, el país del Prestatario prohíbe las relaciones comerciales con ese país, siempre que el Banco esté convencido de que dicha exclusión no impide la competencia efectiva para la prestación de los Servicios requeridos; o mediante un acto de cumplimiento de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada de conformidad con el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, el País del Prestatario prohíbe cualquier importación de bienes de ese país o cualquier pago a cualquier país, persona o entidad en ese país. 6.3 En referencia al párrafo 6.2, para información de los Consultores, en la actualidad se excluyen de este proceso de contratación las empresas, bienes y servicios de los siguientes países: De conformidad con el párrafo. 6.2 (a): Ninguno. De conformidad con el párrafo. 6.2 (b): Ninguno. 6.4 Los funcionarios gubernamentales y los funcionarios públicos del país del Prestatario no son elegibles para ser contratados como Consultores individuales a menos que: los servicios del funcionario público o del funcionario público son de carácter único y excepcional, o su participación es fundamental para la ejecución del proyecto; y su contratación no …

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16 Nov 2026(10d)
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ADMINISTRADOR DE CONTRATO III

Invitación a presentar Propuesta CI-33/2026 (SV-MOPT-538436-CS-INDV) Fecha: 29 de octubre de 2026 Estimados Señores: De nuestra consideración: El Gobierno de la República de El Salvador ha recibido financiamiento del Banco Mundial (el "Banco") para financiar parcialmente el costo del Proyecto de Transporte e Infraestructura Resiliente de El Salvador, bajo el contrato de préstamo No.9602-SV y pretende utilizar los recursos para realizar pagos bajo el contrato Proyecto de Transporte e Infraestructura Resiliente de El Salvador El Ministerio de Obras Públicas y de Transporte invita a presentar su propuesta para proveer los siguientes Servicios de Consultoría Individual (en adelante, los "Servicios"): Servicio de Consultoría para "Administrador de Contrato 3". En los términos de referencia se brindan en el Anexo 1. Términos de Referencia. Fraude y Corrupción El Banco exige el cumplimiento de las Directrices de Anticorrupción del Banco y sus políticas y procedimientos de sanciones vigentes, según se establece en el Marco de Sanciones del Grupo del Banco Mundial, según se establece en el Anexo de las Condiciones del Contrato Anexo 1. En cumplimiento de esta política, los Consultores permitirán y harán que sus agentes (sean declarados o no), subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, proveedores y personal, permitan al Banco inspeccionar todas las cuentas, registros y otros documentos relacionados. a cualquier proceso de preselección, presentación de propuestas y ejecución de contratos (en el caso de adjudicación), y que sean auditados por auditores designados por el Banco. Elegibilidad El Banco permite a consultores individuales de todos los países que ofrezcan servicios de consultoría para proyectos financiados por el Banco. Como excepción al párrafo 5 arriba: 6.1 Un Consultor que ha sido sancionado por el Banco, de conformidad con las Directrices de Anticorrupción del Banco y de acuerdo con sus políticas y procedimientos de sanciones vigentes según lo establecido en el Marco de Sanciones del GBM, según se describe en el anexo a las Condiciones del Contrato (Anexo 1. Términos de Referencia), Anexo 3. Fraude y Corrupción, párrafo 2.2 d., no serán elegibles para ser preseleccionados, presentar propuestas o recibir un contrato financiado por el Banco o beneficiarse de un contrato financiado por el Banco, financieramente o de otra manera, durante el período de tiempo que el Banco ha determinado. Una lista de empresas y personas excluidas está disponible en el sitio web externo del Banco: http://www.worldbank.org/debarr. 6.2 Las personas de un país o los productos fabricados en un país pueden no ser elegibles si así se indica en el párrafo. 6.3 a continuación y: como una cuestión de ley o reglamentación oficial, el país del Prestatario prohíbe las relaciones comerciales con ese país, siempre que el Banco esté convencido de que dicha exclusión no impide la competencia efectiva para la prestación de los Servicios requeridos; o mediante un acto de cumplimiento de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada de conformidad con el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, el País del Prestatario prohíbe cualquier importación de bienes de ese país o cualquier pago a cualquier país, persona o entidad en ese país. 6.3 En referencia al párrafo 6.2, para información de los Consultores, en la actualidad se excluyen de este proceso de contratación las empresas, bienes y servicios de los siguientes países: De conformidad con el párrafo. 6.2 (a): Ninguno. De conformidad con el párrafo. 6.2 (b): Ninguno. 6.4 Los funcionarios gubernamentales y los funcionarios públicos del país del Prestatario no son elegibles para ser contratados como Consultores individuales a menos que: los servicios del funcionario público o del funcionario público son de carácter único y excepcional, o su participación es fundamental para la ejecución del proyecto; y su contratación no crearía un conflicto de intereses, incluido cualq…

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16 Nov 2026(10d)
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Invitación a presentar Propuesta CI-31/2026 (SV-MOPT-497662-CS-INDV) Fecha: 29 de octubre de 2026 Estimados Señores: De nuestra consideración: El Gobierno de la República de El Salvador ha recibido financiamiento del Banco Mundial (el "Banco") para financiar parcialmente el costo del Proyecto de Transporte e Infraestructura Resiliente de El Salvador, bajo el contrato de préstamo No.9602-SV y pretende utilizar los recursos para realizar pagos bajo el contrato Proyecto de Transporte e Infraestructura Resiliente de El Salvador El Ministerio de Obras Públicas y de Transporte invita a presentar su propuesta para proveer los siguientes Servicios de Consultoría Individual (en adelante, los "Servicios"): Servicio de Consultoría para "Administrador de Contrato 1". En los términos de referencia se brindan en el Anexo 1. Términos de Referencia. Fraude y Corrupción El Banco exige el cumplimiento de las Directrices de Anticorrupción del Banco y sus políticas y procedimientos de sanciones vigentes, según se establece en el Marco de Sanciones del Grupo del Banco Mundial, según se establece en el Anexo de las Condiciones del Contrato Anexo 1. En cumplimiento de esta política, los Consultores permitirán y harán que sus agentes (sean declarados o no), subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, proveedores y personal, permitan al Banco inspeccionar todas las cuentas, registros y otros documentos relacionados. a cualquier proceso de preselección, presentación de propuestas y ejecución de contratos (en el caso de adjudicación), y que sean auditados por auditores designados por el Banco. Elegibilidad El Banco permite a consultores individuales de todos los países que ofrezcan servicios de consultoría para proyectos financiados por el Banco. Como excepción al párrafo. 5 arriba: 6.1 Un Consultor que ha sido sancionado por el Banco, de conformidad con las Directrices de Anticorrupción del Banco y de acuerdo con sus políticas y procedimientos de sanciones vigentes según lo establecido en el Marco de Sanciones del GBM, según se describe en el anexo a las Condiciones del Contrato (Anexo 1. Términos de Referencia), Anexo 3. Fraude y Corrupción, párrafo 2.2 d., no serán elegibles para ser preseleccionados, presentar propuestas o recibir un contrato financiado por el Banco o beneficiarse de un contrato financiado por el Banco, financieramente o de otra manera, durante el período de tiempo que el Banco ha determinado. Una lista de empresas y personas excluidas está disponible en el sitio web externo del Banco: http://www.worldbank.org/debarr. 6.2 Las personas de un país o los productos fabricados en un país pueden no ser elegibles si así se indica en el párrafo. 6.3 a continuación y: como una cuestión de ley o reglamentación oficial, el país del Prestatario prohíbe las relaciones comerciales con ese país, siempre que el Banco esté convencido de que dicha exclusión no impide la competencia efectiva para la prestación de los Servicios requeridos; o mediante un acto de cumplimiento de una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada de conformidad con el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, el País del Prestatario prohíbe cualquier importación de bienes de ese país o cualquier pago a cualquier país, persona o entidad en ese país. 6.3 En referencia al párrafo 6.2, para información de los Consultores, en la actualidad se excluyen de este proceso de contratación las empresas, bienes y servicios de los siguientes países: De conformidad con el párrafo. 6.2 (a): Ninguno. De conformidad con el párrafo. 6.2 (b): Ninguno. 6.4 Los funcionarios gubernamentales y los funcionarios públicos del país del Prestatario no son elegibles para ser contratados como Consultores individuales a menos que: los servicios del funcionario público o del funcionario público son de carácter único y excepcional, o su participación es fundamental para la ejecución del proyecto; y su contratación no crearía un conflicto de intereses, incluido cual…

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16 Nov 2026(10d)